Consecuencias por incumplimiento de la Manifestación de Impacto Social en Proyectos Energéticos

Sanciones y consecuencias por no cumplir con la Manifestación de Impacto Social en Proyectos Energéticos

Introducción

La Manifestación de Impacto Social (MIS) es un instrumento normativo fundamental para los proyectos energéticos en México.

Desde las Disposiciones Administrativas de 2018 y, con mayor detalle, en las Leyes Secundarias publicadas el 18 de marzo de 2025, se consolidó como requisito obligatorio en los sectores eléctrico e hidrocarburos.

Su incumplimiento no es un trámite menor: la ley prevé multas millonarias calculadas en UMA, sanciones proporcionales a ingresos brutos en el sector eléctrico, y la suspensión o cancelación definitiva de proyectos. Aquí se presentan las consecuencias por incumplir con la MIS en proyectos energéticos.

Marco normativo de referencia

  • Disposiciones EVIS 2018: establecieron que la Evaluación de Impacto Social debía incluir un Plan de Gestión Social y que era condición indispensable para la autorización de proyectos.
  • Leyes Secundarias 2025: redefinieron la EVIS como MIS y detallaron las sanciones específicas en caso de incumplimiento.

Multas y sanciones establecidas en la Ley (2025)

La legislación vigente contempla distintos escenarios sobre las consecuencias por incumplir con la Manifestación de Impacto Social:

  1. Incumplimiento de términos y condiciones de la MIS autorizada (sector eléctrico e hidrocarburos):
    • Multa de 17,000 a 172,000 veces el valor diario de la UMA.
    • Equivalente a aproximadamente $1.8 a $18.6 millones de pesos (con UMA 2025 ≈ $108.57).
  2. Iniciar infraestructura sin autorización definitiva de la MIS (sector eléctrico e hidrocarburos):
    • Multa de 344,000 a 1,032,000 veces el valor diario de la UMA.
    • Equivalente a aproximadamente $37.3 a $112 millones de pesos.
  3. Iniciar construcción de proyectos de infraestructura en el sector eléctrico sin resolución favorable de la SENER respecto a la MIS:
    • Multa del 10% de los ingresos brutos percibidos en el año anterior por la empresa infractora.

Tabla comparativa de sanciones por incumplimiento de la MIS

Consecuencias adicionales

Además de las sanciones legales, las consecuencias por incumplir con la Manifestación de Impacto Social puede derivar en:

  • Suspensión y revocación de autorizaciones.
  • Conflictos sociales y pérdida de licencia social para operar.
  • Riesgos reputacionales que impactan la competitividad.
  • Pérdida de acceso a financiamiento internacional, ya que organismos como el BID, Banco Mundial e IFC exigen evaluaciones sociales equivalentes.
  • Sobrecostos operativos por litigios, bloqueos y retrasos.

Conclusiones

El marco legal 2025 deja claro que sin MIS no hay proyecto.

  • En el sector eléctrico e hidrocarburos, las multas alcanzan hasta 1,032,000 UMAs (más de $100 millones de pesos).
  • En el sector eléctrico, se agrega la sanción proporcional del 10% de los ingresos brutos anuales.

Estas disposiciones convierten a la Manifestación de Impacto Social en un elemento estratégico: no sólo asegura el cumplimiento legal, sino que también protege la viabilidad financiera, social y reputacional de los proyectos energéticos en México.

Referencias

Diario Oficial de la Federación (DOF). (2018). Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Evaluación de Impacto Social en el Sector Energético. México: Secretaría de Energía.

Diario Oficial de la Federación (DOF). (18 de marzo de 2025). Leyes Secundarias en Materia Energética (Ley del Sector Eléctrico y Ley del Sector Hidrocarburos). México.

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